Ayudas para el control de vegetación natural mediante aprovechamiento ganadero extensivo en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios forestales en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2024
La Conselleria de Justicia e Interior ha convocado ayudas, por un importe de 300.000 euros, destinadas al control de vegetación natural mediante aprovechamiento ganadero extensivo en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, según publica hoy el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).La finalidad de estas ayudas es conseguir un control adecuado de la vegetación en la superficie objeto de subvención mediante la reducción y el consumo de la biomasa combustible por parte del ganado y mantener estas zonas operativas para impedir la continuidad de un incendio forestal.
Estas ayudas van destinadas a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, equino y bovino, mediante un pago por superficie que dependerá del grado de cumplimiento del objetivo, y que será de hasta 120 euros por hectárea, con un importe máximo anual por beneficiario de hasta 8.000 euros.
El pastoreo ordenado para el control de vegetación natural en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios (áreas cortafuegos, pistas, etcétera) constituye una práctica agroforestal sostenible, en la que el ganado colabora reduciendo los riesgos de incendio mediante el control del desarrollo de la vegetación, además de cumplir una función ecológica. Los animales se alimentan de manera selectiva, consumiendo hierbas y malezas que podrían actuar como combustible para un incendio. Al mantener un equilibrio en la vegetación, la ganadería extensiva reduce la carga de combustible, disminuyendo así la probabilidad de propagación de incendios. Por otra parte, el aprovechamiento ganadero constituye un elemento clave en la revalorización y gestión multifuncional de los montes con muy poco aprovechamiento maderable. En este sentido, también contribuye al reconocimiento de la labor del pastor y al desarrollo rural sostenible al fijar población y generar rentas.
El plazo de presentación de las solicitudes para el ejercicio 2024 es de 20 días naturales a contar a partir de mañana 9 de abril, es decir, el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
Los requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias son:
- Deberán disponer de inscripción en vigor en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) para ejercer la actividad ganadera en explotaciones de ovino, caprino, equino y/o bovino en extensivo en el territorio de la Comunitat Valenciana.
- Disponer de la autorización de aprovechamiento forestal de pastos, de acuerdo con los siguientes puntos:
- a) En los montes gestionados por la Generalitat Valenciana se dispondrá de la autorización o adjudicación en vigor del aprovechamiento de pastos durante el periodo de pastoreo.
- b) En el resto de terrenos forestales son necesarias:
- b.1) Aprovechamiento forestal de pastos mediante: la autorización de aprovechamiento forestal de pastos concedida y en vigor o bien realizar la solicitud de aprovechamiento forestal de pastos en el momento de solicitar la subvención.
- b.2) Derecho de uso de pastos sobre los terrenos para los cuales se solicita la ayuda y durante el periodo para el cual se solicita. – Deberá tener un mínimo de ganado según las cargas ganaderas recogidas en la base cuarta del anexo de la orden de bases y tener registrada la explotación ganadera en el REGA con el censo actualizado a fecha de la solicitud de ayuda con el fin de garantizar que se puede conseguir la finalidad de la ayuda.
- b) En el resto de terrenos forestales son necesarias:
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunitat Valenciana, y frente a la Seguridad Social.
- Los ganaderos deberán disponer del DNI Certificado Digital.
Podrán ser beneficiarios las personas titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, equino y/o bovino que controlen la vegetación natural mediante el aprovechamiento ganadero extensivo, en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios forestales. Podrán ser personas físicas o jurídicas, así como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, incluso careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentre en la situación que motiva la concesión de la subvención.